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domingo, 12 de mayo de 2013

Yachay Utopia y Violacion a la constitucion


La seria violación de la ley y la constitución. por parte de Rafael Correa y la Secretaría Nacional de Educación Superior Ciencia, Tecnología e Innovación. El mismo sitio web del yachay.ec declara que

  • 29.04.2010 Mediante compromiso presidencial (No. 120509) se establece como responsable para la elaboración del Proyecto Ciudad del Conocimiento a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).
  • 12-10-2010 Se aprueba la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), publicada en el R.O. No. 298. En la disposición transitoria décimo quinta establece la creación de la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental – Universidad de YACHAY-.

Para el mes de Octubre del año 2010 entonces se establece la "Universodad de Yachay" Pero solamente un mes más tarde se firma un contrato con Corea del Sur para su construcción en plena violación de la ley. La Constitución del Ecuador ofrece garantías constitucionales que no han sido respetadas porque no se solicito licitación que es requerida por la constitución.  

  • 17.11.2010 Se firma en Incheon, Corea del Sur, el Memorando de Entendimiento e intercambio de experiencias entre la SENPLADES y la Autoridad de la Zona Económica Especial de Incheon (IFEZA), para promover la implementación de la Zona Económica Especial de Desarrollo de Bioconocimiento y Tecnologías de Comunicación e Información, que se denomina Ciudad del Conocimiento en el Ecuador.
  • (El Código Orgánico de la Producción establece la posibilidad para que el Gobierno Nacional autorice la creación de Zonas Económicas Especiales de Desarrollo, ZEDE).

Mientras dichas leyes cumplan con la constitución y existan los estudios necesarios del impacto ambiental, el impacto social. Las proyecciones en tráfico, en polución. No existe ni se han hecho tales estudios en Yachay como para garantizar la preservación del ambiente.  La constitución dice:
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados.

  • 05.12.2011 La SENPLADES transfirió las obligaciones, derechos, atribuciones, funciones, responsabilidades, recursos financieros, información y otros documentos del Proyecto Ciudad del Conocimiento “YACHAY” a la SENESCYT, como institución rectora de la política pública en el campo de la educación superior, ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales, con la articulación entre el sector público y los sectores productivos privados y públicos.
  • 08.12.2011 Se firma un convenio entre SENESCYT y el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) para la recuperación de los lugares patrimoniales del cantón Urcuquí ubicados en la zona de intervención del proyecto, en donde se encuentran siete haciendas.

Nuevamente la ley y la constitución del Ecuador requieren que

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:
1. Mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad, sentido de pertenencia, tradiciones ancestrales y formas de organización social.
2. No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.
3. El reconocimiento, reparación y resarcimiento a las colectividades afectadas por racismo, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia y discriminación.
4. Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras comunitarias, que serán inalienables, inembargables e indivisibles. Estas tierras estarán exentas del pago de tasas e impuestos.
5. Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita.
6. Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras.
7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir indemnizaciones por los perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban realizar las autoridades competentes será obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la comunidad consultada, se procederá conforme a la Constitución y la ley.
8. Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural. El Estado establecerá y  ejecutará programas, con la participación de la comunidad, para asegurar la conservación y utilización sustentable de la
biodiversidad.
9. Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social, y de generación y ejercicio de la autoridad, en sus territorios legalmente



El Presidente de la República del Ecuador, Econ. Rafael Correa, calificó al Proyecto Ciudad del Conocimiento “YACHAY” como el más importante en los últimos años para el desarrollo del país. Manifestó que “YACHAY” constituye el  segundo momento de la Revolución Ciudadana, es el inicio de la era del conocimiento, de la revolución académica y científica. (Vea el enlace ciudadano).

Como puede hablarse de una revolución ciudadana cuando se viola la constitución. No se sigue las leyes, se firma contratos sin dar importancia alguna a la misma constitución firmada por este mismo presidente demostrando una falta de ética y respeto al país por demás abominable. Como puede ser revolución ciudadana cuando no se llama a licitación a las compañías ecuatorianas, Cuando no se hace participes a la mano de obra local. Es el colegio de Ingenieros de Imbabura. Todas las Universidades del país. Todos los profesionales del Ecuador quienes tenían derecho bajo la misma constitución que ser dados la oportunidad de participar en la fase de planeamiento. Todo lo que se clama en el sitio web demuestra ampliamente que se viola la ley impunemente. Las circunstancia de violación de la ley son extremos. Llamo a la Corte Suprema de Justicia y a cada uno de los asambleístas del país mas allá de su alineación partidistas a iniciar un juicio contra Rafael Correa por violación de la Constitución del Ecuador.

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